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Resumen del artículo:
¿Te han dicho que han anulado las ZBE? No es exactamente así, vamos a matizarlo.
Los tribunales españoles no han declarado ilegales las Zonas de Bajas Emisiones. Han anulado ordenanzas municipales concretas por defectos en su tramitación.
Y es que para mala suerte de muchos, la obligación de implantar una ZBE, recogida en el artículo 14 de la Ley 7/2021 de cambio climático, sigue plenamente vigente.
Para que lo tengas claro vamos a ir viendo la situación actual de las ZBE en las principales ciudades de España, y porque esta noticia ha tenido tanto revuelo a raíz de lo sucedido en Málaga a principios del mes de agosto.
Recuerda, en Covey no solo te ayudamos proporcionándote el mejor servicio de alquiler de furgonetas, sino que también te mantenemos al día de las principales noticias del sector para que te muevas sin preocupaciones por allá donde vivas.
Sí. Ningún tribunal español ha declarado ilegales las Zonas de Bajas Emisiones.
Lo que los tribunales anulan son ordenanzas municipales concretas, y lo hacen por cómo se han redactado y tramitado, no por lo que persiguen. La base legal de fondo permanece intacta:
Cuando a un ayuntamiento le anulan la ordenanza, no retira la zona restringida: la vuelve a aprobar corrigiendo los defectos. Es lo que han hecho Madrid y Barcelona.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado parcialmente un recurso contra la ordenanza de movilidad de Málaga y ha anulado el régimen que eximía a los vehículos empadronados o matriculados en la ciudad de las restricciones de la ZBE, mientras se sancionaba a los vehículos de fuera en idéntica situación.
El argumento del tribunal: que un vehículo esté matriculado en Málaga no modifica sus emisiones. Un privilegio basado en el padrón vulnera el principio de igualdad y choca con los principios de unidad de mercado y libertad de empresa.
Lo que la sentencia no dice:
El Ayuntamiento ha solicitado una aclaración de la sentencia al propio TSJA, prevista para septiembre de 2026, y decidirá después si recurre en casación ante el Tribunal Supremo. En los seis primeros meses de funcionamiento la ZBE de Málaga acumuló más de 35.000 denuncias. La ampliación de la restricción a los vehículos con etiqueta B, prevista para el 30 de noviembre de 2026, sigue en el calendario.
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló, en sentencia de 17 de septiembre de 2024, varios preceptos de la Ordenanza 10/2021 de Movilidad Sostenible:
El motivo central fue la insuficiencia del informe de impacto económico: el Ayuntamiento no ponderó las consecuencias para colectivos vulnerables, autónomos y microempresas, ni analizó alternativas menos restrictivas.
Qué ha pasado después:
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anuló la ordenanza original de la ZBE de Barcelona en 2022, y el Tribunal Supremo confirmó después esa anulación. Los dos motivos:
Barcelona aprobó una ordenanza nueva que sí resiste. Su recorrido en 2026:
El 25 de julio de 2024 el TSJC anuló, mediante cuatro sentencias, las ordenanzas ZBE que estos municipios habían aprobado a principios de 2020. El efecto práctico fue distinto en cada uno:
Tres sentencias con el mismo razonamiento jurídico: una ZBE no puede aprobarse si el Plan de Movilidad Urbana Sostenible vigente no la contempla.
Cinco motivos concentran prácticamente todas las anulaciones:
El dato relevante para cualquier empresa con flota: el motivo más repetido es, precisamente, no haber calculado lo que la restricción cuesta a los autónomos y las pequeñas empresas de reparto.
De los aproximadamente 150 municipios obligados por la Ley 7/2021, solo 56 tenían restricciones ZBE activas en enero de 2026, sobre una superficie total de 821 km². Las 109 ciudades restantes están en tramitación o directamente paradas.
La superficie está muy concentrada: Madrid aporta 605 km² (el 73,7 % del total) y Barcelona 95 km² (11,6 %). Ciudades grandes como Valencia, Murcia, Las Palmas de Gran Canaria, Gijón o Vitoria no aplican restricciones.
No de forma automática. Ningún ayuntamiento devuelve de oficio.
El caso de Madrid es el ejemplo de referencia: con más de tres millones de sanciones impuestas bajo la ordenanza anulada, el consistorio sostiene que la sentencia no tiene efecto retroactivo. Las vías de reclamación son estas:
Si tu empresa acumula denuncias de ZBE, conviene revisarlas una por una con asesoría antes de darlas por perdidas y antes de darlas por ganadas.
El acceso depende de la etiqueta ambiental de la DGT, no de la matrícula ni del domicilio de la empresa. Para vehículos comerciales ligeros (categoría N1) se aplican las mismas reglas que a los turismos:
Las excepciones para carga y descarga, así como las ventanas horarias para transporte profesional, las regula cada ayuntamiento por separado. No existe un régimen estatal homogéneo, así que hay que consultar la ordenanza de cada municipio en el que se opera.
La forma de reducir la exposición a ese riesgo es sencilla: trasladarlo al proveedor del vehículo. En Covey trabajamos tres fórmulas según el tipo de operación.
Para flotas que entran en ciudad a diario y necesitan coste previsible.
La diferencia con la compra: la conversación pasa a ser qué vehículo necesitas ahora, no cuánto has perdido con el que compraste.
Para empresas que solo pisan el centro urbano algunos días o en algunas rutas. No toda la flota necesita ser eléctrica: el modelo mixto suele salir más barato.
Es la vía más económica de acceder a una ZBE.
El reparto de frío urbano es el más expuesto a las ZBE, porque acumula las tres condiciones peores:
Disponemos de carrozados frigoríficos sobre bases con etiqueta ambiental que dan acceso a las zonas restringidas de las principales ciudades españolas, para reparto de alimentación y farmacia.
No. Los tribunales han anulado ordenanzas municipales concretas por defectos de tramitación, falta de justificación económica o discriminación entre conductores. La obligación legal de implantar ZBE, recogida en la Ley 7/2021 y el Real Decreto 1052/2022, sigue vigente.
Solo mientras esa anulación sea efectiva y el ayuntamiento no haya aprobado una ordenanza nueva. En la práctica los consistorios rehacen la norma en cuestión de meses, como demuestran Madrid y Barcelona. No es una base sólida para planificar una flota.
La sentencia anula la exención de la que disfrutaban los vehículos empadronados en la ciudad, no la zona restringida en sí. El alcance práctico está pendiente de una aclaración del propio tribunal prevista para septiembre de 2026. Conviene consultar la información municipal actualizada antes de circular.
Las de etiqueta Cero acceden a todas las ZBE en vigor. Las de etiqueta ECO acceden en la práctica totalidad de los casos, con condiciones de estacionamiento variables según el municipio.
No de forma automática. Hay que solicitarlo por la vía administrativa y el resultado depende de si la sanción es firme y de bajo qué ordenanza se impuso. Conviene revisarlo con asesoría.
Cincuenta y seis municipios tenían restricciones ZBE activas en enero de 2026, de unos 150 obligados por ley. Más de un centenar de ciudades están en tramitación o paradas.
No. Las sanciones impuestas bajo una ordenanza nueva y válida son plenamente exigibles, aunque la ordenanza anterior fuera anulada.
Las Zonas de Bajas Emisiones no van a desaparecer: se están reescribiendo ciudad por ciudad a golpe de sentencia. El perímetro cambia, el calendario de etiquetas cambia y las excepciones para transporte profesional cambian. Lo único estable en todo el tablero es la etiqueta ambiental del vehículo que conduces.
Ahí es donde una flota ECO o eléctrica deja de ser una decisión medioambiental y pasa a ser una decisión operativa: es lo que garantiza que tus furgonetas sigan entrando donde tienen que entrar, decida lo que decida el próximo tribunal.
En Covey te ayudamos a calcular qué parte de tu flota necesita realmente etiqueta Cero o ECO y qué fórmula le encaja mejor —renting, alquiler puntual o modelo mixto—, sin cambiar un solo vehículo antes de tiempo.
Fuentes consultadas para redactar este artículo
Artículo informativo elaborado a partir de fuentes públicas. No constituye asesoramiento jurídico. La situación judicial de cada ZBE puede cambiar: recomendamos verificar la normativa vigente en el municipio correspondiente antes de tomar decisiones sobre la flota.