Covey Alquiler
Muchos negocios aún desconocen que la cuota de autonomo es deducible con hasta el 100% del renting de su vehículo.
El renting de vehículos para autónomos está ganando terreno actualmente, y es por razones tan básicas como ahorrarte preocupaciones sobre el mantenimiento del coche, averías, seguro... Piensa que, con el renting, termina siendo más rentable ahorrarte todos estos líos y tan sólo preocuparte de pagar una cuota mensual, olvidándote del resto de obligaciones. Además, el renting te libera de adelantar una cantidad grande de dinero y que tengas que seguir invirtiendo en revisiones, cambios de neumático y otras sorpresas.
Entonces, para las empresas y autónomos, surge la pregunta típica de: ¿Puedo deducirme la cuota del renting si soy autónomo? Y sí, sí que puedes, pero depende de cómo lo uses y de lo que puedas justificar. En caso de que uses el coche para tu actividad profesional puedes deducirte el IVA y el IRPF, además de incluir este como gasto deducible si justificas correctamente el uso profesional.
Eso sí, tienes que demostrar que realmente es una herramienta de trabajo y, además, justificar que el vehículo es necesario para tu actividad.
Así que olvídate de poder deducir el renting de tu coche si no tiene ninguna coherencia el tipo de vehículo que tienes, con el “necesario” para tu actividad profesional. Así que si estás dándole vueltas a pasarte a renting para deducir cuota de autónomo, el renting de furgonetas y coches de Covey puede ser lo que estás buscando. Déjame explicarte qué podemos hacer en Covey por tí, y en qué casos te lo puedes desgravar.
Si eres autónomo y usas el coche sólo para trabajar, puedes deducirte el 100% de la cuota del renting en el IRPF. Eso significa que te lo puedes desgravar en la declaración de la renta como gasto de tu actividad de empresa.
Pero hay trampa si no haces bien: el vehículo tiene que estar vinculado exclusivamente al uso profesional. Nada de usarlo para irte un fin de semana de vacaciones o para llevar a los niños al colegio, porque ahí ya te pueden echar para atrás la deducción.
Los gastos deducibles en autónomos por renting tampoco presentan mucha confusión a la hora de registrarlos en la declaración de la renta. Veamos un ejemplo de cómo poder deducir la cuota del renting en el IRPF:
Si tienes un renting por el que pagas 300 euros al mes y lo mantienes todo el año, son 3.600 euros al año. Si justificas que el coche es para trabajar, esos 3.600 los puedes meter como “gastos de explotación” en tu declaración y así reducir la base imponible. Es decir, pagas menos impuestos, porque a Hacienda le estás diciendo que es estás pagando por una herramienta de trabajo.
Y, claro, necesitas tener documentación que lo demuestre bien, tal y como:
- Las facturas de todas las cuotas con el IVA desglosado, a tu nombre o al de tu empresa.
- Un registro del uso profesional del vehículo(con una app o un cuaderno de viajes). Que se vea cuándo lo usas, cuántos kilómetros haces, a dónde vas…
- Y si puedes, aporta pruebas extras: fotos del coche rotulado con tu logo, tickets de parking en tu local de trabajo fuera del horario… todo eso suma para que te lo acepten sin problema.
Si cumples con todo esto, consigues quitarte de dificultades con tu vehículo gracias al renting, y es que, además. también te sale a cuenta fiscalmente hablando.
Hablamos de IRPF, pero tampoco debemos dejar atrás el IVA, que también son gastos deducibles en autonomos. Y aquí también hay que tener cuidado con cómo lo usas, porque no es lo mismo usar el coche exclusivamente para trabajar que hacer un uso combinado con tu vida personal.
Lo primero que debes saber es que cada cuota de renting, además del coste del coche y servicios, lleva su 21% de IVA.
Para justificar la cuota del renting en la declaración trimestral (el modelo 303), tendrás que presentar:
- Facturas del renting con el IVA desglosado, y siempre a tu nombre. Revisa que estén correctamente emitidas y cumplan con los requisitos legales.
- Justificación del uso profesional, con pruebas que demuestren que se usa exclusivamente para fines profesionales: rotulación del vehículo con el nombre o logotipo de la empresa, registro de desplazamientos en un cuaderno de viajes o apps de gestión y recibos de parking, en tu oficina o espacio de trabajo fuera de horas normales.
En el modelo 303 trimestral, tendrás que meter el IVA soportado en el apartado correspondiente. Si todo está en orden, te lo desgravas. Y si además no tienes mucho IVA repercutido (en caso de que no vendes con IVA o vendes poco), hasta te puede salir a devolver. Recuerda que podrás deducir el 100% del IVA si sólo usas el vehículo para trabajar, de manera que le sacarás muy buen partido fiscal al renting; mientras que, si es mixto, será el 50% del IVA.
Esta información te interesa especialmente si estás en uno de los sectores que sí o sí pueden deducirse el 100% del IVA del renting sin tener dificultades con Hacienda. Esto se debe a la propia naturaleza de su actividad, ya que el vehículo es su principal fuente de ingresos. Estos negocios que la ley permite que accedan al 100% de deducción son:
- Transportistas, que hagan uso del vehículo para mover mercancía. Es evidente que sin coche, no hay negocio, por lo que podrás deducirte el 100% del IVA del renting (y del combustible también).
- Taxistas y servicios tipo VTC, para los que el coche es su negocio, literalmente.
- Autoescuelas, que claramente usan vehículos para enseñar a conducir y, por supuesto, van rotulados y están registrados con este fin.
- Agentes comerciales que se dedican a ir de cliente en cliente, y que tienen un uso profesional más que justificado. Para este grupo, es clave llevar un buen registro de desplazamientos.
- Servicios de vigilancia o seguridad, en caso de usar el vehículo para patrullar o prestar servicios de vigilancia.
Ten presente que por mucho que tu actividad esté dentro de estos sectores, hay que seguir cumpliendo requisitos, tales como tener las facturas claras, el vehículo a tu nombre, la rotulación si aplica, y algún justificante del uso.
A nivel fiscal, el renting también tiene un atractivo para deducir cuota autonomo.
Deducir el 100% del IVA del renting no es tan fácil como parece, al menos si no tienes todo bien justificado. Hacienda te permite desgravar el IVA total siempre que puedas demostrar que el coche se usa exclusivamente para la actividad profesional. Y claro, si tienes un turismo y no eres transportista, taxi, comercial o similar, lo primero que van a pensar es que puedes estar haciendo un uso más que profesional del mismo, por lo que tendrás que aportar algunas pruebas:
- Que el vehículo esté rotulado con el nombre o logotipo de tu negocio.
- Que tengas un registro de desplazamientos profesionales, con un cuaderno de viajes o una app de gestión para esto.
- Tickets de parking en la empresa, fuera de horario laboral, para justificar que no lo usas por ocio.
Si no puedes demostrar ese uso 100% profesional, te van a permitir deducir sólo el 50% del IVA. Pero si crees que puedes justificar el 100%, la recomendación es que elijas un vehículo que tenga sentido con tu actividad y que tengas un control de facturas y papeleo que demuestren el exclusivo uso profesional del coche. Para Hacienda, también ganas muchos puntos si tienes el coche rotulado.
Estos temas pueden ser complicados si no los gestionas bien. Pero no te preocupes, que en Covey estamos para ayudarte, y resolver todas las dudas fiscales y administrativas que pueden aparecer con el renting. En nuestro servicio de renting, uno de nuestros objetivos es hacer que el proceso sea lo más sencillo posible.
Sí, aunque si usas el coche para fines personales, la deducción del IVA se limita al 50%. Es decir, si lo utilizas para el trabajo y lo usas también para ir al gimnasio, por ejemplo, sólo podrás deducir la mitad del IVA, no al completo.
Además de la cuota mensual del renting, también puedes deducir el combustible, los peajes y el estacionamiento, siempre y cuando estén relacionados con tu actividad profesional. Por ejemplo, si te desplazas a un cliente y tienes que pagar peajes o estacionar en un parking privado, esos gastos son deducibles. Sólo asegúrate de tener la documentación necesaria para justificarlo.
Esto depende mucho de las necesidades de tu negocio. El renting suele ser más ventajoso fiscalmente, especialmente por la flexibilidad que ofrece y porque evita los problemas de la depreciación del vehículo y su venta futura. Otro punto a favor es la sencillez a la hora de presentar los gastos deducibles de la cuota mensual y el IVA. Y, claramente, te despreocupas del mantenimiento y averías, entre otros