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Una furgoneta eléctrica pesa más que su versión diésel por culpa de las baterías. Ese peso de más empujaba a muchos vehículos por encima de los 3.500 kg de masa máxima autorizada (MMA), que es el tope del carnet B. Resultado: un repartidor que llevaba toda la vida con su furgoneta de combustión se encontraba con que la misma furgoneta, en eléctrico, ya no la podía conducir sin sacarse el carnet C.
Para que ese peso extra no frenase la electrificación, el Reglamento General de Conductores recoge una excepción: con el permiso B se pueden conducir vehículos de mercancías de hasta 4.250 kg cuando son de propulsión alternativa. Esto afecta de lleno al alquiler de furgonetas eléctricas, que dejan de penalizar al conductor con carné B pese a pesar más por las baterías. A continuación te contamos qué dice exactamente la norma, qué condiciones hay que cumplir y, sobre todo, dónde están los límites para que no te lleves un susto.
El Reglamento General de Conductores (Real Decreto 818/2009) es la norma que eleva de 3.500 a 4.250 kg la MMA máxima que un conductor con permiso B puede llevar, siempre que el vehículo sea de propulsión alternativa. Esos 750 kg de margen no son arbitrarios: se corresponden con el peso aproximado que añade el sistema de propulsión, sobre todo las baterías, frente a un motor de combustión equivalente.
En la práctica, la ampliación del permiso B a 4.250 kg significa que un conductor con carné B puede:
No es una novedad de este año. La excepción del permiso B para vehículos de combustible alternativo está recogida en el Reglamento General de Conductores desde finales de 2020, en línea con la normativa europea. Lo que sigue en evolución es la armonización con las reglas de transporte, que es donde está la letra pequeña que conviene conocer.
No vale cualquier furgoneta de más de 3.500 kg. Para acogerse a la excepción se tienen que dar todas estas condiciones a la vez:
La DGT amplía el permiso B a las furgonetas eléctricas de 4.250 kg para resolver un problema concreto del sector: el peso de las baterías estaba penalizando justo al conductor que apostaba por electrificar. Quien tenía el carné B se quedaba fuera de su propia furgoneta en cuanto esta pasaba a eléctrica y superaba los 3.500 kg.
Las razones que explican esta ampliación del permiso B son tres:
La DGT, de la mano de su director general, Pere Navarro, presentó la ampliación del permiso B precisamente en una escuela de repartidores, una señal clara de a quién va dirigida la medida: al que vive del reparto y conduce con el B.
Conducir una furgoneta eléctrica de 4.250 kg con el permiso B no obliga a tener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP). Este es el detalle que más interesa al autónomo:
Conviene ser claro para no generar falsas expectativas con el permiso B de 4.250 kg: la ampliación cubre solo la franja que va de 3.500 a 4.250 kg. Por encima de esa cifra, las reglas no cambian.
Estos son los límites que el permiso B de 4.250 kg no cruza:
En resumen, el permiso B de 4.250 kg no convierte un camión en una furgoneta: solo evita que el peso de las baterías saque de la franja del B a un vehículo que, en combustión, sí estaría dentro.
Poder conducir el vehículo con el permiso B no significa que ese vehículo deje de ser "pesado" a efectos de transporte. Al superar los 3.500 kg de MMA, una furgoneta eléctrica de 4.250 kg sigue arrastrando obligaciones que conviene tener sobre la mesa antes de dar el salto al eléctrico.
Esto es lo que el permiso B de 4.250 kg resuelve y lo que no te exime de cumplir:
Para el reparto de última milla la lectura es buena: el permiso B de 4.250 kg abre la puerta a furgonetas eléctricas con más capacidad sin obligar a la plantilla a sacarse el C. Pero la decisión hay que tomarla con los números delante, sabiendo qué papeleo conlleva cada vehículo.
Sí, puedes conducir una furgoneta eléctrica de 4.250 kg con el carnet B siempre que se cumplan a la vez estas condiciones:
No. La ampliación del permiso B a 4.250 kg es exclusiva para vehículos de propulsión alternativa. Una furgoneta diésel de más de 3.500 kg sigue requiriendo carnet C.
No. El Certificado de Aptitud Profesional (CAP) solo se exige a los permisos C y D, no al carnet B.
Un mínimo de 2 años con el permiso B.
El permiso B de 4.250 kg deja conducir furgonetas eléctricas e híbridas de mercancías sin que el peso de las baterías obligue a sacarse el carnet C, siempre dentro de la franja de 3.500 a 4.250 kg. Por encima de esa cifra, el camión sigue siendo cosa del C.
Para el que vive del reparto, la conclusión es sencilla: el carné B ya no es una barrera para electrificar la furgoneta, pero el vehículo sigue siendo pesado a efectos de transporte y arrastra su autorización y su tacógrafo. El salto al eléctrico compensa cuando la ruta y los números acompañan, no por la norma en sí.
Si te lo estás planteando y no quieres comprar para probar, el alquiler de furgonetas eléctricas es la forma de hacer números reales con tu ruta antes de decidir. En Covey Alquiler trabajamos cada día con autónomos y empresas de reparto que se mueven con estas normas encima, y podemos ayudarte a elegir el vehículo que encaja con tu carné y con tu operativa.
Los datos de este artículo sobre la ampliación del permiso B a las furgonetas eléctricas de hasta 4.250 kg proceden de normativa oficial y de fuentes de referencia:
1. DGT — Clases de permisos de conducir. Información oficial sobre lo que autoriza cada permiso de conducción, incluida la ampliación del permiso B a vehículos de combustible alternativo de hasta 4.250 kg. Fuente: Dirección General de Tráfico.
2. Reglamento General de Conductores (Real Decreto 818/2009). Norma estatal que regula las clases de permiso de conducción y las condiciones de la ampliación del permiso B a 4.250 kg para vehículos de propulsión alternativa. Fuente: BOE.
3. Directiva (UE) 2018/645. Normativa europea que habilita a los Estados miembros a permitir que los titulares del permiso B conduzcan vehículos de combustibles alternativos de más de 3.500 kg y hasta 4.250 kg, siempre que el exceso de masa proceda del sistema de propulsión. Fuente: EUR-Lex.
4. Sede Electrónica de la DGT — Permisos de conducir. Trámites y consulta oficial sobre las clases de permisos y sus condiciones. Fuente: Dirección General de Tráfico.